
Aprobadas Ley de Ciudadanía y la de Política y Ley de Extranjería en la Asamblea Nacional
Conformado por VIII Títulos, 17 Capítulos, 11 Secciones, 114 Artículos, 2 Disposiciones Transitorias y 4 Disposiciones Finales, en la tarde de hoy la Asamblea Nacional aprobó el Proyecto Ley de Ciudadanía, dotando al país, por primera vez, de una norma que regula dicha condición jurídica.
Esta Ley tiene como objetivo fortalecer la relación entre el Estado cubano y sus ciudadanos e incorporar las experiencias que la aplicación práctica de la legislación vigente sugiere. La norma también complementa el principio de ciudadanía efectiva, es decir, los cubanos están obligados a hacer uso de la ciudadanía cubana para su ingreso, permanencia, tránsito y salida del territorio nacional.
Otros elementos son que la adquisición de otra ciudadanía no implica la pérdida de la ciudadanía cubana, la adquisición de una ciudadanía extranjera por uno o ambos padres cubanos y la adopción, no impactan en la ciudadanía de los hijos cubanos o extranjeros de estos, así como el matrimonio y la unión de hecho o su disolución, no afectan la ciudadanía de los cónyuges, de los unidos o de sus hijos.
Además, establece que la pérdida de la ciudadanía cubana, sea por privación o renuncia, implica para la persona un impacto en el orden migratorio y está sujeto al tratamiento que en esa materia se establezca en la Ley de Migración. También prevé que el derecho a recuperar la ciudadanía cubana solo se puede ejercer una sola vez, sea cual fuere la causal de la pérdida.
Proyecto de Política y Ley de Extranjería
Esta disposición jurídica define el tema de extranjería como un sistema, integrado por el Proceso de Extranjería, la Política para la Admisión de Extranjeros, la Autoridad de Extranjería y el régimen legal que lo tutela.
La norma establece los derechos y deberes en materia de extranjeros en el territorio nacional, en correspondencia con la categoría que ostente.
Resulta novedosa en esta Ley la propuesta relacionada con la clasificación migratoria Residente Provisional, que se concederá previo al otorgamiento de Residente Permanente y la de Residente Humanitario. Esta última destinada a refugiados, apátridas y asilados políticos, así como las causas de cancelación de la estancia y la residencia de los extranjeros en el país.
También establece la constitución del Registro de Extranjeros y Migratorio y sus normas de organización, funcionamiento y la información que inscribe.
El proyecto de Ley que se aprobó consta de VII Títulos, 16 capítulos, 11 secciones y 92 artículos. También está integrado por 2 disposiciones transitorias, 4 disposiciones especiales y 4 disposiciones finales.
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